La Orden de Venta es un mandato de carácter privado entre el Propietario (O su representante debidamente legalizado) de un inmueble y un Corredor de Propiedades. Es decir, se trata de un instrumento jurídico.

1. Primero que todo, debe haber una propiedad captada para una futura venta.

2. Revisar y cotejar todos los documentos correspondientes a esta propiedad para asegurarse que todos sus antecedentes estén ajustados a derecho y no tenga limitaciones de venta.

3. Revisar que el o los propietarios de dicha propiedad efectivamente sean los que corresponden, solicitando una copia de Inscripción de dominio con vigencia en el Conservador de Bienes Raíces que corresponda, esto se debe solicitar en con las Fojas, Numero y Año, datos que se los debe entregar el propietario o ver revisando la escritura de compraventa de dicha propiedad.

Llenar una Orden de Venta con los antecedentes del o los propietarios, junto con todos los antecedentes de la propiedad, esto es inexcusable. Se debe llenar con lo siguiente: